Versión 3.0 (noviembre de 2011)

La política de InterNICHE indica las pautas sobre el uso de animales y alternativas en la educación y el entrenamiento. En ésta se define qué son “alternativas” y “daño”, y se presentan las políticas específicas para la disección, la obtención de cadáveres, órganos y tejido de animales, así como las políticas para el uso de animales vivos en la clínica y en el campo en el marco del diseño y desarrollo de la parte práctica de los cursos. También se presenta una política específica sobre el uso de animales para el desarrollo de alternativas y otras políticas para facilitar el reemplazo del uso que perjudique a los animales en circunstancias que no son las ideales; estas últimas describen las condiciones para un compromiso adecuado en relación con la obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales y el uso de animales vivos para el desarrollo de alternativas.

1. Posición de InterNICHE

2. Definición de las alternativas en la educación y el entrenamiento

3. Definición de daño

4. Política sobre la disección de animales

5. Política sobre la obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales a través de fuentes éticas

6. Política sobre otras fuentes de obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales

7. Política sobre el uso de animales vivos para la capacitación en técnicas clínicas y cirugía

8. Política sobre los estudios de campo con animales vivos

9. Política sobre el uso ético de animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales para el desarrollo de alternativas

10. Política sobre los otros usos de animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales para el desarrollo de alternativas

1. Posición de InterNICHE

InterNICHE está a favor de una educación y entrenamiento humanitario de alta calidad dentro de las ciencias de la vida y apoya el uso de alternativas para satisfacer los objetivos de la enseñanza. InterNICHE está en contra de todo uso que sea perjudicial para los animales, ya sea para la educación o el entrenamiento. Esto incluye el causarles daño o provocar su muerte con el propósito de obtener cadáveres, órganos y tejidos para la experimentación in vivo, capacitación en ciertas técnicas, estudios etológicos y de campo o para el desarrollo de alternativas.

2. Definición de las alternativas en la educación y el entrenamiento

Las alternativas son herramientas educacionales humanitarias y enfoques de enseñanza que pueden reemplazar la experimentación en animales o complementar la educación y el entrenamiento humanitario que ya se esté impartiendo. Las alternativas pueden ser herramientas que no provengan de animales o enfoques que involucren un trabajo neutro o beneficioso para los animales. Éstas incluyen:

• Películas y vídeos,
• Modelos, maniquíes y simuladores,
• Simulación multimedia por computadora,
• Cadáveres, órganos y tejidos de animales obtenidos de fuentes éticas,
• Trabajo clínico con pacientes,
• Autoexperimentación del estudiante,
• Laboratorios in vitro,
• Etudios de campo.

3. Definición de daño

Daño comprende cualquier acción, ya sea intencionada o no, que afecte el bienestar actual o futuro del animal, negando o limitando alguna de las siguientes libertades:

• Libertad para vivir.
• Libertad para mostrar en su totalidad su comportamiento natural.
• Libertad para ser parte de una estructura social y ecosistema.
• Libertad de padecer hambre y sed.
• Libertad de sufrir incomodidad.
• Libertad de sentir dolor, lesiones y enfermedades.
• Libertad de sentir miedo y angustia.

El daño causado a un animal con propósito educativo y de entrenamiento sólo será aceptable cuando sea una consecuencia inevitable de realizar una acción para beneficiar al animal y, en ciertas circunstancias, cuando el animal esté sufriendo a causa de una enfermedad natural terminal o de una lesión grave que no tenga recuperación (véase 7.6, 7.7), cuando sea parte del acto eutanasia humanitaria (véase 7.8) y, en ciertas circunstancias, cuando la acción se tome para beneficiar a la especie o para producir una alternativa, dado que el daño infligido será breve y leve (véase 7, 8, 9, 10). En este último caso se deberá realizar el análisis costo-beneficio del daño y beneficio potencial hacia ese animal en particular, hacia otros animales o hacia la especie.
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4. Política sobre la disección de animales 

InterNICHE reconoce que la disección de animales puede ser una herramienta útil para la adquisición de conocimientos y el entrenamiento, y que puede fomentar el aprecio por la vida cuando se cumplen las condiciones mencionadas a continuación:

4.1 El cadáver del animal ha sido obtenido de una fuente ética (véase 5) o de otra fuente aceptable (véase 6).

4.2 La disección será realizada a un nivel universitario y no a un nivel menor a este.

4.3 La disección es necesaria para la carrera del estudiante.

4.4 Se respeta la posición ética del estudiante con respecto a la disección.

4.5 La disección será realizada en un contexto de respeto por la vida y por el cadáver.

4.6 En la medida de lo posible, la disección será complementada con la observación de animales silvestres de la misma especie.

4.7 Los/as profesores/as son éticos/as, conscientes y responsables, y cuentan con capacitación y competencia apropiadas para realizar todas las actividades y procedimientos que involucren el uso de animales.

4.8 Se ha evaluado completamente la ética, incluyendo los derechos y bienestar de los animales, el uso de animales, y las alternativas y el vínculo entre el ser humano y los animales.

5. Política sobre la obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales a través de fuentes éticas

InterNICHE está en contra de cualquier uso que perjudique a los animales en la educación y en el entrenamiento, incluyendo el causar daño y provocar la muerte a animales para obtener cadáveres, órganos y tejidos. Aunque este material sea un recurso útil para la adquisición de conocimientos y habilidades, InterNICHE acepta su uso solo cuando han sido obtenidos de manera ética. InterNICHE reconoce que un cadáver, órgano o tejido animal ha sido obtenido de manera ética cuando se cumplen todas las condiciones mostradas a continuación:

5.1 El animal no fue capturado, comprado, criado, retenido, maltratado o sacrificado para proporcionar el cadáver, órgano o tejido.

5.2 El animal vivía en libertad, era callejero, o era un animal de compañía.

5.3 El animal murió por causas naturales o por accidente, o fue sometido a eutanasia humanitaria a causa de una enfermedad natural terminal o por una lesión grave que no tenía recuperación (véase 5.4).

5.4 La decisión de someter a eutanasia al animal fue tomada por un veterinario calificado con el consentimiento del dueño (si lo hubiese), en base al beneficio para el animal, y sin ser motivada por intereses prácticos o financieros.

5.5 El dueño del animal (si lo hubiese) brindó el consentimiento para utilizar el cadáver, órgano o tejido del animal para la educación o el entrenamiento.

5.6 Los tejidos animales obtenidos de fuentes éticas eran únicamente restos de tejidos provenientes de una cirugía o procedimientos clínicos que hayan tenido como objetivo el beneficio del animal y que iban a ser desechados; o eran tejidos provenientes de alguna actividad natural, como p.ej. nacimiento, o que hayan sido dejados por el animal.

5.7 El cadáver, órgano o tejido no son necesarios para el beneficio clínico de otro animal, o para el beneficio de la especie.

5.8 Todas las personas involucradas en el proceso de adquisición son éticas, conscientes y responsables y cuentan con una capacitación y competencia apropiadas para todas las actividades y procedimientos que involucren el uso de animales.

5.9 Todas las etapas del proceso de adquisición se desarrollarán dentro del contexto de respeto por la vida y respeto al cadáver, órgano o tejido; y de acuerdo a los más altos estándares de ética, bienestar, salud y seguridad.

6. Política sobre otras fuentes de obtención cadáveres, órganos y tejidos de animales

Por lo general, estos cadáveres, órganos y tejidos de animales se han obtenido de lugares en donde los animales han sufrido daño o muerte, tales como centros de investigación, criaderos, granjas, mataderos, zoológicos, eventos deportivos y algunos refugios de animales. InterNICHE no considera que el material proveniente de estas fuentes sea ético (incluido el material conocido como “desechos” o “excedente”), ya que la naturaleza del animal se ha visto comprometida o negada a través del daño, muerte y/o comercio del mismo en alguna etapa de su vida.

Sin embargo, aquellos cadáveres, órganos y tejidos de animales que no se encuentren de forma común como animales silvestres, callejeros o de compañía, pueden ser difíciles de obtener de fuentes éticas. En estos casos, las fuentes mencionadas anteriormente pueden proporcionar, en ciertas circunstancias, una solución apropiada.

Se aceptarán los cadáveres, órganos y tejidos de animales que provengan de otras fuentes cuando se cumplan con todas las condiciones mencionadas a continuación:

6.1 Realmente se necesitan utilizar estos cadáveres, órganos o tejidos animales en el trabajo práctico o en el desarrollo de una alternativa, y no se ha podido obtener el material a través de una fuente ética.

6.2 El animal no fue capturado, comprado, criado, retenido, maltratado o sacrificado para proporcionar el cadáver, órgano o tejido.

6.3 El animal murió por causas naturales o por accidente, fue sometido a eutanasia humanitaria debido a una enfermedad natural terminal o a una lesión grave que no tenía recuperación, el cadáver, órgano o tejido iba a ser desechado; o había sido abandonado por el animal (véase 6.4).

6.4 La decisión de someter a eutanasia al animal fue tomada por un veterinario calificado con el consentimiento del dueño (si lo hubiese), en base al beneficio para el animal y sin ser motivada por intereses prácticos o financieros.

6.5 El cadáver, órgano o tejido no son necesarios para el beneficio clínico de otro animal o para el beneficio de la especie.

6.6 El proceso de adquisición no apoya ni valida ninguna actividad que involucre el daño o muerte de animales y no crea ni apoya ningún mercado para la comercialización de este material.

6.7 Todas las personas involucradas en el proceso de adquisición son éticas, conscientes y responsables, y cuentan con la capacitación y competencia apropiadas para todas las actividades y procedimientos que involucren el uso de animales.

6.8 Todas las etapas del proceso de adquisición se desarrollarán dentro del contexto de respeto por la vida y respeto al cadáver, órgano o tejido; y de acuerdo a los más altos estándares de ética, bienestar, salud y seguridad.
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7. Política sobre el uso de animales vivos para la capacitación en técnicas clínicas y cirugía 

InterNICHE considera que el uso de animales vivos en el entorno clínico constituye una parte esencial del proceso de adquisición de conocimientos y habilidades para los estudiantes de veterinaria. Este uso será aceptado cuando se cumplan todas las condiciones mencionadas a continuación:

7.1 La organización de una capacitación en técnicas clínicas y cirugía se ha realizado en base a las necesidades y bienestar de los animales que necesitan atención, ya sean animales silvestres, callejeros o de compañía, o animales de compañía sanos proporcionados voluntariamente.

7.2 El animal no ha sido capturado, comprado, criado, retenido, dañado, o no se le ha provocado la muerte con el propósito de utilizarlo para la capacitación. Se exceptúan los casos en los que se ha presentado daño y/o se ha sometido a eutanasia a animales que necesitaban atención (véase 7.5, 7.6, 7.7, 7.8).

7.3 La capacitación en técnicas clínicas con un animal de compañía proporcionado voluntariamente tendrá un efecto beneficioso o neutro sobre este animal en particular y el estímulo será que sea recompensado y no castigado. Se detendrá el procedimiento si se evidencia miedo o perturbación.

7.4 El procedimiento y/o tratamiento clínicos elegidos para el animal que necesite atención serán los más adecuados para el bienestar de este animal en particular, y estarán destinados a curarlo, a menos que se requiera la eutanasia.

7.5 El daño causado a un animal que necesite atención, durante un procedimiento y/o tratamiento clínico, será considerado aceptable cuando sea el mínimo necesario para lograr una cura exitosa del animal; o, en ciertas ocasiones, durante procedimientos a algún animal que esté padeciendo de una enfermedad natural terminal o de una lesión grave que no tenga recuperación; o cuando sea parte del acto de eutanasia humanitaria (véase 7.6, 7.7, 7.8).

7.6 La capacitación en técnicas clínicas y cirugía que involucren un procedimiento terminal será considerada aceptable únicamente cuando el animal esté padeciendo una enfermedad natural terminal o una lesión grave que no tenga recuperación; en cuyo caso la decisión de someterlo a eutanasia ha sido tomada por un veterinario calificado con el consentimiento del dueño (si lo hubiese) en base al beneficio para el animal y sin haber sido motivada por intereses prácticos o financieros (véase 7.7, 7.8).

7.7 El daño causado durante un procedimiento invasivo y/o terminal a un animal que esté padeciendo de una enfermedad natural terminal o de una lesión grave que no tenga recuperación es aceptable únicamente cuando el daño no es experimentado subjetivamente por el animal (por ejemplo, bajo anestesia general); sólo con el propósito de entrenamiento para la práctica clínica o cuando sea parte del acto de eutanasia humanitaria (véase 7.8).

7.8 La eutanasia será considerada aceptable cuando el animal esté padeciendo una enfermedad natural terminal o una lesión grave que no tenga recuperación, y dicha decisión haya sido tomada por un veterinario calificado con el consentimiento del dueño (si lo hubiese) en base al beneficio para el animal y sin haber sido motivada por intereses prácticos o financieros.

7.9 Se respeta la posición ética del estudiante respecto al uso de animales vivos en el marco clínico.

7.10 Los/las profesores/as son éticos/as, conscientes y responsables, y cuentan con capacitación y competencia apropiadas para realizar todas las actividades y procedimientos que involucren el uso de animales.

7.11 La capacitación en técnicas clínicas y cirugía con un animal que necesite atención o un animal de compañía proporcionado voluntariamente deberá ser supervisada todo el tiempo por un/a maestro/a calificado/a.

7.12 El estudiante deberá haber alcanzado un dominio adecuado de las técnicas utilizando las alternativas que no provengan de animales, y otros métodos alternativos, antes de participar en la capacitación en técnicas clínicas y de cirugía con un animal que necesite atención o un animal de compañía proporcionado voluntariamente.

7.13 Todos los elementos de la capacitación en técnicas clínicas y cirugía se desarrollarán dentro del contexto de respeto por la vida y por el animal, y cumpliendo con los más altos estándares de ética, bienestar, salud y seguridad.

7.14 Se ha evaluado completamente la ética, incluyendo los derechos y bienestar de los animales, el uso de animales, y las alternativas y el vínculo entre el ser humano y los animales.

8. Política sobre los estudios de campo con animales vivos

InterNICHE considera que el estudio pedagógico de animales silvestres o callejeros es una experiencia valiosa y aceptable cuando se cumplen las condiciones mencionadas a continuación:

8.1 La organización de los estudios de campo se ha realizado en base a las necesidades y bienestar individuales de los animales silvestres o callejeros, de las especies y del ecosistema.

8.2 El animal no ha sido capturado, comprado, criado, retenido, maltratado o sacrificado con el propósito de ser utilizado en el estudio, excepto en ciertas circunstancias en las que la captura y/o daño beneficien al animal en particular, especie o ecosistema (véase 8.4, 8.5).

8.3 Los estudios de campo no perturbarán o causarán una mínima perturbación en el animal, en su estructura social o en el ecosistema; o tendrán un impacto beneficioso sobre estos.

8.4 La captura y/o daño causado a un animal se considerará aceptable únicamente cuando el animal necesite atención, cuando éste será beneficiado mediante el procedimiento clínico o, en ciertas circunstancias, cuando sea beneficioso para la especie o ecosistema (véase 8.5).

8.5 La captura y/o daño causado a un animal para el beneficio de la especie o ecosistema se considerará aceptable únicamente cuando se trate de un daño mínimo, temporal y/o la captura sea de muy corta duración, sin dolor físico y no ponga en peligro el bienestar futuro del animal.

8.6 Los estudios de campo no amenazarán o pondrán en peligro a las especies y ecosistemas, a menos que signifiquen un beneficio considerable para el animal en particular, especie o ecosistema.

8.7 Se respeta la posición ética del estudiante en relación con el estudio de animales silvestres y callejeros.

8.8 El uso de cadáveres, órganos y tejidos de animales silvestres y callejeros se establece de acuerdo con la “Política sobre la obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales a través de fuentes éticas” o la “Política sobre otras fuentes de cadáveres, órganos y tejidos de animales” (véase 5, 6).

8.9 El trabajo clínico con animales silvestres o callejeros está de acuerdo con la ‘Política sobre el uso de animales vivos para la capacitación en técnicas clínicas y cirugía (véase 7).

8.10 El uso de animales silvestres o callejeros para desarrollar alternativas está de acuerdo con la ‘Política sobre el uso ético de animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales para el desarrollo de alternativas’ o la ‘Política sobre los otros usos de animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales para el desarrollo de alternativas’ (véase 9, 10).

8.11 Los/las profesores/as son éticos/as, conscientes y responsables en relación con el medio ambiente y cuentan con capacitación y competencia adecuadas para realizar todas las actividades que involucren el uso de animales y que tengan un impacto sobre los ecosistemas.

8.12 Los estudios de campo serán supervisados por un/a maestro/a calificado/a en todo momento.

8.13 Todos los elementos en el estudio de campo se desarrollarán dentro del contexto de respeto por la vida, respeto por el animal, especie y ecosistema, y de acuerdo a los más altos estándares éticos, de bienestar, salud y seguridad.

8.14 Se ha evaluado completamente la ética, incluyendo la ética ambiental, derechos y bienestar de los animales, uso de animales y alternativas, y el vínculo entre el ser humano y los animales.

9. Política sobre el uso ético de animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales para el desarrollo de alternativas

InterNICHE se opone a cualquier uso que perjudique a los animales en la educación y el entrenamiento, incluso para la creación de alternativas. Si se necesita un animal vivo o cadáver, órgano o tejido de un animal para desarrollar una alternativa, InterNICHE acepta este uso solo cuando se cumplen las condiciones mencionadas a continuación:

9.1 No existe aún una alternativa para realizar dicha práctica o aún no está disponible.

9.2 El animal no ha sido capturado, comprado, criado, retenido, maltratado o sacrificado con el propósito de desarrollar la alternativa. Se exceptúan los casos en los cuales el daño y/o eutanasia sean el resultado de los procedimientos que involucren el uso terminal y/o invasivo de animales (véase 9.4, 9.5).

9.3 El cadáver, órgano o tejido animal se ha obtenido de fuentes éticas (véase 5).

9.4 Únicamente se aceptará el uso invasivo y/o terminal del animal vivo cuando el animal esté padeciendo una enfermedad natural terminal o una lesión grave que no tenga recuperación; y cuando la decisión de ser sometido a eutanasia haya sido tomada por un veterinario calificado con el consentimiento del dueño (si lo hubiese), en base al beneficio para el animal y sin ser motivada por intereses financieros o prácticos (véase 9.5).

9.5 Únicamente se aceptará el daño causado durante un procedimiento invasivo y/o terminal a un animal, cuando el daño no haya sido experimentado subjetivamente por el animal; y cuando sea parte el acto de eutanasia humanitaria.

9.6 Todas las personas involucradas en el desarrollo de las alternativas son éticas, conscientes y responsables, y cuentan con capacitación y competencia apropiadas para realizar todas las actividades y procedimientos que involucren el uso de animales.

9.7 Todas las etapas del proceso de desarrollo de una alternativa se desarrollarán dentro del contexto de respeto por la vida y al cadáver, órgano o tejido; y de acuerdo a los más altos estándares éticos, de bienestar, salud y seguridad.

10. Política sobre los otros usos de animales vivos, cadáveres y tejidos de animales para el desarrollo de alternativas

En este caso los animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales utilizados en el proceso de desarrollo de alternativas provienen de lugares en los cuales los animales sufrieron algún daño o fueron sacrificados, tales como centros de investigación, criaderos de animales, granjas, mataderos, zoológicos, eventos deportivos y algunos refugios de animales. InterNICHE no apoya el uso de estas fuentes para obtener animales vivos, cadáveres, órganos y tejidos de animales ya que la naturaleza del animal se ha visto comprometida o negada a través del daño, sacrificio y/o comercialización del mismo en alguna etapa de su vida.

Cuando no se disponga de un animal silvestre, callejero o de compañía, que esté padeciendo una enfermedad terminal o una lesión grave que no tenga recuperación, para ser utilizado en un procedimiento invasivo y/o terminal para el desarrollo de una alternativa, entonces se podrían utilizar los llamados “desechos” o “excedentes” provenientes de otras fuentes (tales como las nombradas anteriormente). En dichas circunstancias, esta es la única solución. De igual modo, cuando no se haya podido obtener un cadáver, órgano o tejido animal a través de una fuente ética, se podrán utilizar otras fuentes.

Un animal vivo que provenga de otras fuentes para ser utilizado en procedimientos invasivos y/o terminales, o un cadáver, órgano o tejido animal que provenga de fuentes que no sean éticas, serán opciones aceptables para el desarrollo de una alternativa cuando se cumplan con las condiciones mencionadas a continuación:

10.1 Aún no existe una alternativa para realizar dicha práctica o aún no está disponible.

10.2 Realmente se debe utilizar un animal para desarrollar la alternativa, y no se dispone de ningún animal vivo, cadáver, órgano o tejido animal proveniente de una fuente ética.

10.3 La alternativa que se desarrolle reemplazará aquel uso en la educación o el entrenamiento que perjudica a los animales, y estará disponible para que otros estudiantes la utilicen.

10.4 El animal vivo iba a ser sacrificado y no fue capturado, comprado, criado, maltratado o sacrificado para ser utilizado en el desarrollo de la alternativa. Se exceptúan los casos en los cuales el daño y/o eutanasia son el resultado de un procedimiento invasivo y/o terminal en el animal vivo (véase 10.5, 10.6, 10.8, 10.9).

10.5 Si se requiere el uso de un animal vivo, se dará prioridad a la forma de obtención y al uso de un animal cuando éste esté sufriendo de una enfermedad natural terminal o de una lesión grave que no tenga recuperación y que va a ser sometido a eutanasia por decisión de un veterinario calificado con el consentimiento del dueño (si lo hubiese), en base al beneficio para el animal, y sin ser motivada por intereses financieros o prácticos (véase 10.8, 10.9).

10.6 Si existe la posibilidad de que un animal pueda recuperarse y ser reubicado, deberá esperarse a su recuperación para luego reubicársele, y no deberá utilizársele para un procedimiento terminal o eutanasia.

10.7 Cualquier otra forma de adquisición de un animal vivo o el uso de un animal vivo que no sufra de una enfermedad terminal en un procedimiento invasivo deberá presentar algún beneficio directo o indirecto para el animal, tal como salvarlo de ser sacrificado, ser esterilizado durante el procedimiento o para promover su recuperación para poder ser reubicado.

10.8 El uso de un animal vivo en un procedimiento invasivo no deberá causar ningún daño adicional al animal y no deberá poner en peligro el bienestar futuro del animal. Se exceptúan ciertos procedimientos en los cuales se utiliza a un animal que esté sufriendo de una enfermedad natural terminal o de una lesión grave que no tenga recuperación (véase 10.9).

10.9 Únicamente se acepta el daño durante un procedimiento invasivo y/o terminal sobre un animal cuando el daño no sea experimentado subjetivamente por el animal o cuando implique un acto de eutanasia humanitaria.

10.10 La obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales se establece de acuerdo con la “Política sobre la obtención de cadáveres, órganos y tejidos de animales a través de fuentes éticas” o la “Política sobre otras fuentes de cadáveres, órganos y tejidos de animales” (véase 5, 6).

10.11 El proceso de obtención del animal no apoya o valida el daño o sacrificio de animales ni crea o apoya un mercado para la comercialización de los mismos.

10.12 Todas las personas involucradas en el desarrollo de las alternativas son éticas, conscientes y responsables, y cuentan con capacitación y competencia apropiadas para realizar todas las actividades y procedimientos que involucren el uso de animales.

10.13 Todas las etapas del proceso de adquisición se desarrollarán dentro de un contexto de respeto por la vida y hacia el animal; y de acuerdo con los más altos estándares de ética, bienestar, salud y seguridad.
 

 

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